Martes 21 de Julio de 2026

ANTICIPO

20 de diciembre de 2025

MEDIDA CAUTELAR A FAVOR DE COSTA POBRE

CAUSA PENAL: la Justicia dictó una medida cautelar y suspendió las obras en Costa Pobre de Ramallo.

INFORMACIÓN A LA COMUNIDAD DE RAMALLO

Los vecinos y vecinas de Costa Pobre, junto a Unidos por la Vida y el Medio Ambiente (UPVA), informamos a la comunidad de Ramallo que, en el día de la fecha, en el marco de una causa penal con el dictado de una medida cautelar, el Juzgado interviniente hizo lugar a la medida cautelar de no innovar, ordenando la suspensión inmediata de todas las obras, desmontes y movimientos de suelo que se venían realizando en la zona conocida como Costa Pobre, vinculadas al proyecto mal llamado “Puerto Multimodal Ramallo”.

La resolución judicial dispone el cese total de las actividades hasta tanto se presenten y aprueben las autorizaciones legales correspondientes, entre ellas la Declaración de Impacto Ambiental, conforme a lo establecido por la Ley Provincial N° 11.723, la Ley de Bosques Nativos (Ley Nacional 26.331 y Ley Provincial 14.888) y el resto de los permisos provinciales y nacionales exigidos para emprendimientos de esta magnitud.

Resulta fundamental destacar que, conforme a la normativa ambiental vigente, la Evaluación de Impacto Ambiental incluye de manera obligatoria la convocatoria a una Audiencia Pública, instancia de participación ciudadana que debe realizarse con carácter previo a la aprobación de cualquier proyecto que pueda generar impactos significativos sobre el ambiente y la comunidad. En el caso de Ramallo, dicha Audiencia Pública nunca fue convocada, vulnerando de manera directa el derecho de la ciudadanía a informarse, expresarse y participar en decisiones que afectan su territorio, su ambiente y su calidad de vida.

La ausencia de un Estudio de Impacto Ambiental válido y de la correspondiente Audiencia Pública constituye una grave irregularidad administrativa y legal, que refuerza la ilegalidad de las obras realizadas. Esta situación compromete de manera directa la responsabilidad del Municipio de Ramallo, que permitió —por acción u omisión— el avance de actividades sin contar con los procedimientos ambientales obligatorios, incumpliendo su deber de control, prevención y protección del ambiente y de los bienes comunes.

La medida cautelar fue dictada como resultado de una presentación realizada en el marco de esta causa penal por UPVA junto a vecinas y vecinos de Costa Pobre, quienes desde hace meses vienen denunciando amenazas, hostigamientos, movimientos de suelo ilegales y un grave riesgo ambiental y social, en una zona de alto valor ecosistémico, reconocida oficialmente como bosque nativo y humedal, donde existe además una comunidad con arraigo histórico.

La Justicia reconoció la gravedad de los hechos denunciados, la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora, priorizando la protección del ambiente, los bienes comunes y los derechos de las familias que habitan el lugar.

Este fallo representa un logro colectivo, fruto de la organización comunitaria, del compromiso de vecinos y vecinas, del aporte de profesionales y del trabajo sostenido de quienes se vieron obligados a recurrir a la Justicia penal para frenar un avance ilegal, ante la falta de respuestas adecuadas por parte de las autoridades locales.
Reafirmamos que no puede existir desarrollo sin legalidad ni participación ciudadana, ni a costa de la destrucción de humedales, bosques nativos y comunidades enteras. Exigimos que el Municipio de Ramallo cumpla con sus obligaciones legales, garantice los procesos de Evaluación de Impacto Ambiental y Audiencia Pública, y actúe en defensa del interés general y del ambiente.

Seguiremos informando los próximos pasos del proceso judicial y ratificamos nuestro compromiso con la defensa del ambiente, los bienes comunes y nuestros derechos.

<Vecinos Costa Pobre está con UPVA - Unidos por la Vida y el Medio ambiente>

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